Este día la Unidad de Extinción de Dominio del Ministerio Público presentó la acción de extinción de dominio, fase previa a la sentencia, sobre 15 bienes, relacionados a Byron Lima Oliva, y su círculo familiar.
La acción de extinción de dominio
Según la Ley de Extinción de Dominio en su artículo 7, la acción de extinción de dominio es independiente de la acción penal y civil. Además el artículo 5, indica que es de naturaleza jurisdiccional, de carácter real y de contenido patrimonial.
Según el MP, procede únicamente sobre el patrimonio ilícito, producto de cualquiera de las actividades delictivas y causales que contempla la Ley y como fin persigue, que dichos bienes sean recuperados a favor del Estado de Guatemala, y que el producto de éstos sea dirigido a fortalecer las instituciones del Estado creadas para el combate del Crimen Organizado.
Los bienes
Los seis equinos ya fueron subastados; mientras que los otros bienes, con medidas cautelares, están a bajo la administración de la Secretaría Nacional de Bienes de Extinción de Dominio (SENABED), se trata de:
Tres vehículos:
- Una camioneta, placas P-195CFK, modelo 2004, color azul
- Un Jeep, placas P-329CBW, modelo 1970, color verde olivo.
- Un Porsche, placas P-355BXT, modelo 1984, color rojo.
Seis inmuebles
- Un terreno, ubicado en Lagunas de Torremolinos, autopista a Puerto Quetzal, municipio de Masagua, Escuintla.
- Una residencia localizada en colonia San Marino, municipio de Puerto San José, Escuintla, esta vivienda tiene un valor aproximado de 320 mil dólares.
- Un apartamento ubicado en la zona 18, condominio Villa Norte, municipio de Guatemala, Guatemala.
- Un parqueo, número 12-C, condominio, Villa Norte, municipio de Guatemala, Guatemala.
- Un inmueble ubicado en la 10 avenida 2-31, zona 16, colonia Lourdes, municipio de Guatemala, Guatemala.
- Un bien localizado en la 4ta calle 3-37, zona 17, residenciales La Sabana, municipio de Guatemala, Guatemala.
Vía: MP