La Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y el Ministerio Público (MP), a través de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), presentaron hoy dos solicitudes de antejuicio contra los magistrados Blanca Aída Stalling Dávila y Eddy Giovanni Orellana Donis, por actuaciones irregulares en los cargos que ostentan en el Organismo Judicial.
En conferencia de prensa la Fiscal General Thelma Aldana y el Comisionado Iván Velásquez Gómez detallaron los hechos que ameritaron plantear las solicitudes para retirar la inmunidad a los funcionarios judiciales, las cuales fueron entregadas en el Centro Administrativo de Gestión Penal del Organismo Judicial.
Blanca Stalling, Magistrada Vocal VII de la Corte Suprema de Justicia.
Posible delito: Tráfico de influencias, y otros que se deriven de la investigación.
Se le señala de pretender influir en las decisiones del Tribunal Noveno de Sentencia Penal, designado para realizar el juicio en contra del hijo de la magistrada, Otto Fernando Molina Stalling, uno de los sindicados del caso IGSS-Pisa.
La denuncia fue presentada en la FECI por el juez Carlos Giovanni Ruano Pineda el 10 de enero de 2017, quien expuso la forma en que fue abordado por la magistrada Stalling, abogando ante él por la suerte de su hijo. Fue citado para presentarse con Blanca Stalling el 1 de septiembre de 2016. En su denuncia, el juez Carlos Ruano Pineda explicó que tuvo la precaución de grabar la entrevista con la magistrada Blanca Stalling para tener prueba de que fue invitado a esa reunión, y que en ningún momento comprometió su trabajo, ni aceptó nada a cambio.
Se constató en el registro de audio que la magistrada Blanca Stalling Dávila manifestó que lo había citado porque él había sido designado para integrar el Tribunal Noveno de Sentencia Penal, que conocería el Caso IGSS-Pisa, en el cual su hijo menor, Otto Fernando Molina Stalling, era uno de los sindicados. Le expuso que no le quería pedir nada ilegal, sólo expresarle su sentir como madre y la situación de su hijo quien llevaba detenido año y cuatro meses sin que el debate se llevara a cabo, por lo que le pedía coadyuvar con los otros jueces para imprimirle agilidad al caso. Asimismo, le expresó la importancia de que profundizara en el estudio del expediente, y se detuvo en reflexiones acerca de la delicada misión que corresponde desarrollar a los jueces, expresando que en su sentir era mejor absolver a un culpable, que condenar a un inocente.
Posteriormente le expresó que para el día siguiente, dos de septiembre de dos mil dieciséis, se llevaría a cabo audiencia de revisión de medidas de coerción y que tanto a su hijo, como a las enfermeras que conformaron la junta de licitación, podría otorgárseles una medida sustitutiva porque los delitos por los que se procede no tienen prohibición, y porque aquél y éstas no tenían dentro de sus potestades la posibilidad de influir en la licitación, pues eso normalmente viene arreglado desde que se elaboran las bases, fase en que se orienta el contrato hacia alguna empresa.
No obstante, lejos de dar por concluido el diálogo, la magistrada prosiguió, insistiendo en la necesidad de agilizar el debate y efectuar un exhaustivo estudio del expediente por parte de los jueces, preguntando al juez Carlos Ruano si ya había leído bien el expediente, ante lo cual éste le contestó que aún no había terminado por haber si designado este caso al Tribunal dos semanas atrás. Ante ello la magistrada le expresó que hasta para resolver sobre una medida sustitutiva se tiene que tener idea de cuál había sido la participación del sindicado, procediendo a hacerle una detallada exposición del caso a su interlocutor, desde su muy particular visión, con el claro propósito de persuadirlo acerca de la ausencia de responsabilidad penal de Otto Fernando Molina Stalling en los hechos investigados.
Por lo anterior, el MP y la CICIG consideran que la magistrada Blanca Stalling Dávila pudo incurrir en el delito de tráfico de influencias, así como otros que se deriven de la investigación que se realice contra la funcionaria judicial, al pretender influir en las actuaciones del Tribunal Noveno de Sentencia Penal. Entre las pruebas presentadas en esta solicitud está el audio de la reunión entre el juez Ruano y la magistrada Stalling.
Eddy Giovanni Orellana Donis, magistrado presidente de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil
Posibles delitos: Cohecho pasivo, aceptación ilícita de regalo, enriquecimiento ilícito e incumplimiento del deber de presentar declaración jurada patrimonial.
Se señala al magistrado Orellana Donis de recibir por parte del abogado Sergio Roberto López Villatoro un amplio y lujoso apartamento ubicado en la zona 14 de la ciudad capital, a cambio de favorecer sus intereses en la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia en el proceso de comisiones de postulación del año 2014, en el cual el señor Orellana Donis actuaría como comisionado al resultar electo por el Instituto de Magistrados el 26 de mayo 2014.
A partir de labores investigativas llevadas a cabo con el fin de establecer la veracidad de la información suministrada a esta Comisión, se logró determinar que el 25 de febrero del año 2015 se inscribieron en el Registro de la Propiedad las escrituras de compraventa de bienes inmuebles adquiridos por el Magistrado conjuntamente su esposa, Doris Lucrecia Alonso Hidalgo. Así se determinó que los esposos son actuales propietarios de un apartamento de 369.88 metros cuadrados así como de dos estacionamientos ubicados en el mismo edificio, derivado de un contrato de compraventa celebrado el 16 de diciembre del año 2014 con los anteriores condueños, los hermanos Carlos Augusto, Vicente Rafael, David Edmundo y Daniel Estuardo, de apellidos Escobar Ulloa.
Se entrevistó a uno de los anteriores propietarios de los inmuebles, el señor Daniel Estuardo Escobar Ulloa, quien relató cómo en el año 2013 al poner en venta el apartamento valorado entre Q2.5 millones y Q3 millones, él y sus hermanos fueron representados por el abogado Gustavo Ortiz Arroyo, quien les presentó al señor César David Sánchez Pérez, representante legal de la entidad denominada ALTA SEGURIDAD EN SERVICIOS S.A., interesada en adquirir el inmueble. Se celebró contrato de compraventa del mismo el 26 de diciembre del 2013 y se entregaron las llaves del apartamento para que pudieran remodelarlo, sin embargo los vendedores nunca recibieron el pago pactado, ni se perfeccionó el contrato mediante inscripción del testimonio de la escritura pública de compraventa en el Registro de la Propiedad.
Al insistir sobre el pago con el abogado Ortiz Arroyo, quien celebró el contrato de compraventa, les indicó que la persona que había adquirido el apartamento era el “Rey del Tenis”, apodo reconocido del señor Sergio Roberto López Villatoro, y que de seguir insistiendo les podría pasar algo por ser él una persona muy poderosa. Ante la no cancelación del precio pactado, procedieron a inmovilizar el inmueble como medida cautelar. A pesar de lo anterior, los hermanos Escobar Ulloa se percataron que en los primeros meses del año 2014, se mudó al apartamento el magistrado Orellana Donis.
Al contactarlo, éste manifestó que no saldría del inmueble, ni tenía por qué hablar con ellos pues había arreglado todo con el señor Sergio Roberto López Villatoro. Así, los hermanos Escobar Ulloa solicitaron una reunión con el señor López Villatoro, quien delegó a los abogados Carlos Roberto Minchez Herrera y Claudia Patricia Abril Hernández, con quienes se reunieron en varias ocasiones en el décimo nivel del Edificio Aristos Reforma 7-62 zona 9 de la Ciudad de Guatemala. En dichas reuniones, según lo relatado por el señor Daniel Estuardo, al mencionar que los hermanos tenían la intención de denunciarlos judicialmente por no pagarles el valor total del apartamento, el abogado Minchez Herrera les indicó que dejaran de molestar al Magistrado Orellana Donis y al señor López Villatoro, pues las cortes se alineaban a las órdenes de ellos.
Finalmente, después de sentir que no podían combatir con hombres tan poderosos y de tanta influencia en el ámbito judicial, llegaron a un arreglo de venta: se anuló la primera escritura y se procedió a firmar una nueva el 16 de diciembre de 2014. En ésta oportunidad los compradores fueron Eddy Giovanni Orellana Donis y Doris Lucrecia Alonso Hidalgo, personas a las que nunca observaron en las negociaciones de la compraventa del apartamento, simplemente firmaron la escritura y recogieron los cheques que les fueron entregados, por un monto menor a los Q272,000.00 pactados en el contrato.
Derivado de lo anterior, se procedió a corroborar la información aportada por el señor Escobar Ulloa, empezando con el inmueble en cuestión, el cual se identifica con el número 2A y se encuentra ubicado en el segundo nivel del Edificio El Torreón, en la décima calle 3-44 de la zona 14 en el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala.
Además, las pesquisas preliminares de investigación realizadas evidenciaron numerosas irregularidades que ponen en tela de juicio la adquisición del inmueble por parte del Magistrado Orellana Donis y su esposa y ratifican, en el campo de la probabilidad, que el bien ciertamente fuese entregado a ellos a título gratuito:
- Según los registros del Condominio El Torreón, el Magistrado y su esposa se pasaron a vivir en el apartamento en cuestión en el mes de marzo del año 2014, sin que ese acto de posesión fuera conocido o consentido por los propietarios del bien inmueble, es decir, por los hermanos Escobar Ulloa, quienes lo habían entregado en enero anterior para fines de remodelación y a favor de la supuesta entidad compradora, ALTA SEGURIDAD EN SERVICIOS S.A. Sólo fue hasta el 16 de diciembre del año 2014, es decir más de 8 meses después de que el magistrado y su esposa residieran en el edificio en cuestión, que se celebró el contrato de compraventa entre ellos y los propietarios registrales.
- A pesar del valor real del bien inmueble, los vendedores Escobar Ulloa recibieron un monto menor como pago por la venta del apartamento y los dos estacionamientos derivado de tres cheques de fecha 16 de diciembre del 2014 por un valor de
USD 19,000.00 (aproximadamente Q.143 mil) cada uno, cheques provenientes de la cuenta número 6445010957 del Banco de Desarrollo Rural S.A. a nombre de la empresa NICO S.A. Además, un cuarto cheque, cheque de gerencia pagado en efectivo por la entidad NICO S.A. por el monto de $65,000.00 (aproximadamente Q.490 mil) fue emitido a favor del cuarto hermano. - A raíz de un examen a los estados de cuenta de dicha entidad, se evidenció que sólo contaba con USD 1,274.15 de saldo previo al día 12 de diciembre 2014 cuando emitió los cheques a favor de los vendedores. En ese sentido, se halló que cuatro días antes se inyectó a la cuenta de la entidad NICO S.A. la cantidad de USD 100,000.00 provenientes de la cuenta número 004-006083-0 del Banco Industrial a nombre de la entidad AGUIME S.A, que tampoco contaba con los fondos suficientes para realizar esta transacción financiera puesto que su saldo era de USD 4,986.30, hasta el 10 de diciembre que se le proveyó de USD99,995.00 a través de una transferencia internacional.
- Las entidades que pagaron el inmueble y los estacionamientos, NICO S.A. Y AGUIME S.A, no guardan relación alguna con el Magistrado Orellana Donis ni con su esposa la señora Alonso Hidalgo y sí, en cambio, tienen directa relación con Sergio Roberto López Villatoro.
Así, la empresa NICO S.A. tiene por Gerente General y Representante Legal al señor Marlon Aníbal Rosales, mientras que la señora Claudia Abril Hernández -quien estuvo presente en las reuniones mencionadas por el señor Escobar Ulloa- es firmante de la cuenta de la cual se emitieron los cheques en concepto de pago final de los inmuebles. Es de mencionar que ambos son socios fundadores de la entidad LOVI & Asociados, cuyo tercer y último socio es el señor Sergio Roberto López Villatoro, y que ambas entidades reportan la dirección del décimo nivel del Edificio Aristos Reforma 7-62 zona 9, oficina 1003, al igual que la primera entidad compradora del inmueble, ALTA SEGURIDAD S.A.
Por otra parte, la entidad AGUIME S.A. tiene como socios fundadores Aura Marina Méndez Mere de Aguilar y su hijo Luis Guillermo Aguilar Méndez, cuyos familiares Luis Rodrigo Aguilar Méndez, Luis Alfredo Aguilar Mendez y Luis Alfredo Aguilar Aguirre contrataron en los meses de octubre y noviembre 2014, así como enero 2015, con los servicios de las notarias Alba Ruth Sandoval Guerra y Wendy Yesenia Gómez Silva, quienes se relacionan con Sergio Roberto López Villatoro en cuanto éstas celebraron, en el año 2014 únicamente, la constitución de más de nueves empresas domiciliadas al décimo nivel del Edificio Aristos Reforma 7-62 zona 9, es decir la misma dirección en la que se encuentra el bufete LOVI& Asociados.
Por lo anterior puede afirmarse que los dineros utilizados para la adquisición del apartamento en el Condominio El Torreón y sus respectivos parqueos no guardan relación con el patrimonio de los esposos Orellana Donis y Alonso Hidalgo, y si con fondos administrados por empresas bajo el control de Sergio Roberto López Villatoro.
La claridad de tales hechos, se puso en evidencia cuando López Villatoro enterado acerca de la investigación en curso adelantada por la CICIG y FECI, se apersonó a la sede de la primera el jueves 14 de marzo 2015, con el fin de aportar documentación a título de «pruebas de descargo», informando que si bien el pago lo realizó la entidad NICO S.A., el magistrado Orellana Donis y su esposa gestionaron con ocasión de esa compra un crédito bancario con garantía hipotecaria otorgado a su favor por el Banco G&T Continental.
No obstante, el crédito en cuestión, identificado con el número 10-0011251, autorizado por la cantidad de Q.2,000,000.00, con los inmuebles del Edificio El Torreón como garantía, fue concedido a partir del 20 de abril del año 2015, es decir más de cuatro meses después de la firma del acuerdo de compraventa de los inmuebles y tras trece meses de residir en dicho apartamento. Adicionalmente, al observar los estados de cuenta de la entidad NICO S.A. y los depósitos que ésta recibió, se puede aseverar que el Magistrado Orellana Donis no pagó con este crédito el valor del apartamento ya que no se reporta transferencia alguna de su parte a favor de la empresa que compró el inmueble.
Todo lo anterior permite concluir que el apartamento 2A del edificio El Torreón, ubicado en la décima calle 3-44 de la zona 14 de la ciudad capital y sus respectivos parqueos, fueron entregados al magistrado Orellana Donis y su esposa, demostrándose que los fondos utilizados para la compraventa provinieron de entidades relacionadas al abogado Sergio Roberto López Villatoro.
Aunado a todo ello, existen indicios razonables que evidencian cómo los bienes inmuebles referidos fueron entregados como dádiva o beneficio patrimonial al magistrado Eddy Giovanni Orellana Donis a cambio de promover los intereses del abogado Sergio Roberto López Villatoro en el proceso de las Comisiones de Postulación del año 2014 y favorecer la elección de ciertas personas allegadas a su persona. Ello, debido a que el Magistrado Orellana Donis desempeñaba un papel clave en la elección de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, por ser uno de los integrantes de la Comisión de Postulación encargada de evaluar los perfiles y seleccionar los candidatos para ostentar la máxima magistratura del país para el periodo 2014-2019.
En cuanto al abogado Sergio Roberto López Villatoro, es de conocimiento público que éste presume defender sus intereses al influir en el sistema de justicia, al reconocerlo en entrevistas a varios medios de prensa. Siendo así que se han identificado en numerosas ocasiones por parte de grupos de la sociedad civil organizada a candidatos a la integración de las cortes de ser respaldados por el abogado López Villatoro por beneficiarse de una relación de amistad, compañerismo o afinidad con él. Es el caso que, derivado de las labores investigativas realizadas, se evidenciaron relaciones de confianza entre su persona y candidatos cuyos expedientes fueron directamente evaluados y seleccionados por el magistrado Orellana Donis en su calidad de integrante de las Comisiones de Postulación.
Proceso de elección de magistrados
Es importante resumir el desarrollo del proceso de elección de magistrados a la Corte Suprema de Justicia, el cual inició con las actividades oficiales el 11 de julio 2014, y del papel desempeñado por el entonces comisionado Orellana Donis como integrante de la terna número 8. Dicha terna, en sesión de fecha 2 de septiembre de 2014, revisó los señalamientos e impedimentos presentados en contra de los candidatos incluidos en la caja número 3, la cual contenía los expedientes número 22 al 32 y entre los cuales se encuentran los actuales Magistrados titulares de la Corte Suprema de Justicia Vitalina Orellana Orellana, Silvia Verónica García Molina y José Antonio Pineda Barales, los magistrados suplentes Guillermo Demetrio España Mérida y Mario Estuardo Gordillo Galindo, así como el ex magistrado Douglas René Charchal Ramos. Una vez salvada esta etapa de conocimiento de impedimentos y señalamientos, el proceso de selección continuó con la etapa de revisión y evaluación de los expedientes.
En sesión de fecha 4 de septiembre 2014 se distribuyeron nuevamente las cajas de expedientes entre las ternas conformadas, apreciándose que cada una de las ternas recibió una caja de expedientes diferente a la que evaluó en la etapa anterior, con excepción de la terna número 8, integrada por el magistrado Orellana Donis, la cual continuó evaluando los expedientes contenidos en la caja número 3. Además, en sesión de fecha 11 y 12 de septiembre de 2014 se distribuyeron más expedientes y la terna número 8 recibió los número 144 al 152, en los cuales se encuentran la actual Magistrada de la Corte Suprema de Justicia Silvia Patricia Valdés Quezada y la magistrada Suplente María Consuelo Porras Argueta. Por lo tanto, deriva de lo anterior que el magistrado Orellana Donis, en su calidad de comisionado para la selección de candidatos a la Corte Suprema de Justicia, evaluó y calificó a 8 de los 26 magistrados electos.
De estos candidatos, existen indicios que evidencian una relación de confianza con el abogado Sergio Roberto López Villatoro, entre los cuales se encuentran los siguientes:
La actual magistrada titular de la Corte Suprema de Justicia, Vitalina Orellana Orellana, contrató los servicios de la notaria Alba Ruth Sandoval Guerra para realizar el 13 de mayo del 2014 un acto de identificación de persona a su favor. También contrató los servicios de la notaria Wendy Yesenia Gómez Silva para celebrar el 30 de marzo 2015 una compraventa de derechos posesorios de bien inmueble, del cual la magistrada fue la compradora. Como se estableció anteriormente, ambas notarias son personas que trabajaban con el abogado Sergio Roberto López Villatoro en cuanto celebraron la constitución de al menos nueve empresas en el año 2014 solamente, todas domiciliadas en la misma oficina que la entidad Lovi & Asociados, evidenciándose así una relación de confidencia y dependencia que los une. Asimismo, el hecho de que la Magistrada Vitalina Orellana Orellana haya utilizado los servicios de dos notarias vinculadas con el abogado Sergio Roberto López Villatoro, de entre todos los abogados y notarios del país, denota una relación de confianza y cercanía entre ellos, que deja entrever la posibilidad de que el abogado haya tenido interés en verla alcanzar la máxima autoridad del Organismo Judicial.
Como muestra de afinidad aún mayor, la abogada y notaria Alba Ruth Sandoval Guerra trabajó en cercanía de la magistrada Vitalina Orellana Orellana como su asistente en la Cámara de Amparos y posteriormente como Secretaria General de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, evidenciándose así, por la naturaleza del cargo, lazos de confianza con la actual Presidenta Silvia Patricia Valdés Quezada.
Siendo así que existen indicios racionales que evidencian relaciones de confianza, compañerismo y afinidad del abogado Sergio Roberto López Villatoro con las magistradas de la Corte Suprema de Justicia Vitalina Orellana Orellana y Silvia Patricia Valdés Quezada, cuyos expedientes fueron examinados y puntuados por el magistrado Eddy Giovanni Orellana Donis y su terna, y posteriormente electos como representantes titulares del máximo órgano del Organismo Judicial.
Por recibir un amplio y lujoso apartamento en una zona exclusiva de la ciudad capital pagado por el abogado López Villatoro a través de la empresa NICO S.A. y en el que reside actualmente con su esposa, el magistrado promovió las candidaturas de las personas cercanas a los intereses del abogado, favoreciendo su selección y resultando electos ocho magistrados de los veinte expedientes examinados por su persona, situación de la cual se desprenden numerosos indicios razonables de la existencia de una negociación ilícita que se pretende dilucidar con la presentación de esta solicitud de antejuicio.
Finalmente, según la Contraloría General de Cuentas, a raíz de la compra de los inmuebles en diciembre del 2014, el magistrado Orellana Donis no actualizó su declaración jurada patrimonial con las nuevas adquisiciones en el año 2015. De este modo, es hasta el 29 de enero del año 2016 que realiza una ampliación en la cual declara tener un préstamo con el Banco de Desarrollo Rural con fecha del 21 de agosto del 2015 por un monto de Q1,900,400 y un plazo de 20 años. Así, al no mencionar directamente la adquisición del apartamento, se fortalecen los indicios sobre el deseo del funcionario público de ocultar la existencia de dicho bien, teniendo en cuenta las dudas que pesan sobre el origen ilícito de su adquisición.
Via: CICIG