Secretaría General de la Presidencia muestra apertura en acceso a la Información Pública

La Secretaría General de la Presidencia registra en lo que va del año un aumento del 100 por ciento de consultas y acceso a la Información Pública, a las que ha dado respuesta con apertura y agilidad, como parte de la política de transparencia del gobierno.

Ley de Acceso a la Información Pública
Ley de Acceso a la Información Pública. Foto: PDH

Marco Vinicio Marroquín, jefe de la Unidad de Acceso a la Información Pública, dijo que hasta la fecha recibieron 105 solicitudes de información, cerca del doble de los requerimientos en todo el 2015, cuando sumaron 53; en 2014 el número de solicitudes fue aún menor, con 45 pedidos.

La importancia del volumen del trabajo atendido este año por esta unidad es que cumple con una de las prioridades del presidente Morales, de transparentar las acciones de las instituciones, así como de quienes en ellas laboran bajo principios de “transparencia y honorabilidad”, indicó el funcionario.

La Secretaría General de la Presidencia (SGP) es la institución responsable del apoyo jurídico y administrativo de carácter inmediato al Presidente de Guatemala; además, es responsable de evacuar las consultas verbales o escritas que efectúen las autoridades superiores y de coordinar y unificar la opinión jurídica de los distintos asuntos administrativos del gobierno.

También, le corresponde asistir al Presidente en Consejo de Ministros de Estado en la aprobación de planes, programas de Gobierno y Políticas Públicas.

Como toda institución gubernamental, apegada a la ley debe contar con la Unidad de Acceso a la Información Pública, la cual se instaló el 21 de abril de 2009.

La información que genera la institución en la página www.sgp.gob.gt es actualizada cada día para permitir que la población interesada pueda tener acceso de manera inmediata a toda la información publicada.

Las solicitudes de información más recurrentes provienen de abogados, estudiantes e investigadores, cuyo interés es consultar los acuerdos gubernativos, nombramientos y otros documentos que se manejen en su momento por la Secretaría General, explicó Marroquín.

La Ley de Acceso a la Información Pública, bajo el Decreto 57-2008 norma los requisitos para solicitar los datos que genera esta Secretaría; las solicitudes pueden ser verbales, escritas y por correo electrónico; por razones de notificación, requieren que el interesado consigne su número telefónico, dirección o correo electrónico.

Para poder responder a la solicitud planteada, la ley establece 10 días hábiles, por lo que existe información que se puede entregar hasta en dos días; “Nunca nos salimos del parámetro de esos días”, dice el funcionario.

Via: Cerigua

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